Claves del proyecto de reforma de la Ley de Salud Sexual y Reproductiva y de Interrupción Voluntaria del Embarazo

Salud femenina | | Brenda B. Lennox

El martes 17 de mayo, el Consejo de Ministros aprobó el proyecto de reforma de la Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de Salud Sexual y Reproductiva y de Interrupción Voluntaria del Embarazo. Un texto legal que refuerza el derecho a la salud sexual y reproductiva de las mujeres, que la Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas relaciona con los derechos humanos, incluyendo el derecho a la vida, a la salud, a la intimidad, a la educación y a la prohibición de discriminación.

Este proyecto de ley propone medidas tan relevantes como la educación sexual integral en todas las etapas educativas, el derecho a la incapacidad temporal por cuadros médicos que se deriven de reglas incapacitantes, la distribución gratuita de productos menstruales para personas con pocos recursos, la promoción de las buenas prácticas gineco-obstétricas y de parto y el reconocimiento de la explotación reproductiva y el aborto, embarazo, esterilización y anticoncepción forzosos como formas de violencia contra las mujeres.

Educación sexual

Educación sexual integral

La ministra de igualdad, Irene Montero ha defendido la necesidad de que los niños y adolescentes aprendan a conocer sus cuerpos, a cuidar la diversidad sexual y de género y a tener relaciones sin violencia y basadas en los buenos tratos, el consentimiento y el uso del anticonceptivo y los métodos barrera. La ministra de Igualdad ha argumentado que la cuestión no es si la sexualidad se debe o no aprender, porque «el aprendizaje sobre nuestra sexualidad se da», sino que la clave está en decidir cómo se aprende, si a través de mecanismos sin especialización (como la pornografía violenta, que en España tiene una edad media de acceso de 8 años) o con un acompañamiento especializado, que es lo que la ley plantea.

Para lograr este objetivo, se establece la obligatoriedad de la educación sexual en todas las etapas educativas, que tendrá como pilares la prevención de embarazos e infecciones de transmisión sexual, el abordaje de la salud menstrual con perspectiva de género y la diversidad sexual.

También se incluye la educación sexual en el ámbito no formal, con especial atención a las personas con discapacidad y a la etapa de climaterio y menopausia.

Asistencia especializada y formación

La ley establece servicios públicos de asistencia integral especializada en el ámbito de la salud sexual y reproductiva, que contarán con equipos interdisciplinares y servicios adaptados a las necesidades y demandas de los adolescentes. Además, se creará una línea telefónica especializada en derechos sexuales y reproductivos, que prestará información sobre el derecho a la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE), los recursos existentes y el itinerario de prestación en los servicios públicos.

Para que el apoyo sea efectivo, se refuerza la formación de los profesionales en materia de interrupción voluntaria del embarazo (IVE) y salud sexual y reproductiva, incluyendo contenidos en las carreras de ciencias jurídicas, de la salud, de la educación y sociales y en los currículos de las oposiciones vinculadas a estas, formando en educación sexual y menstrual a profesores, funcionarios de prisiones y trabajadores públicos de manera específica.

Anticoncepción

Métodos anticonceptivos

Para evitar embarazos no deseados y el contagio de Infecciones de Transmisión Sexual, la Ley de Salud Sexual y Reproductiva y de Interrupción Voluntaria del Embarazo establece que se distribuirán métodos anticonceptivos barrera de manera gratuita en institutos, centros penitenciarios y centros de servicios sociales.

También se ampliará su financiación pública (que incluirá métodos reversibles de larga duración), dando prioridad a las píldoras anticonceptivas de última generación, que volverán a estar cubiertas por la Seguridad Social.

La píldora del día después

La píldora anticonceptiva de emergencia o píldora del día después será de acceso gratuito en los centros de salud y en los futuros centros públicos de atención especializada en derechos sexuales y reproductivos. Además, deberá estar disponible en todas las farmacias.

Anticoncepción masculina

Se promoverá la investigación y el desarrollo de métodos de anticoncepción masculina para fomentar la corresponsabilidad de los hombres.

Aborto o Interrupción voluntaria del embarazo (IVE)

Centros públicos

La Ley de Salud Sexual y Reproductiva y de Interrupción Voluntaria del Embarazo blinda el acceso al aborto en los centros públicos, para que el recurso de acudir a clínicas privadas sea la excepción.

Proximidad del domicilio

Para acabar con la situación a la que se enfrentan muchas mujeres que deben desplazarse (a veces cientos de kilómetros) para poder abortar, la Ley incorpora la previsión de la proximidad del domicilio, que permitirá a aquellas mujeres que viven en localidades fronterizas con otra comunidad autónoma acudir a un hospital de esta si es más cercano.

Con el objetivo de reducir las brechas existentes en el acceso a la Interrupción voluntaria del embarazo (IVE) y garantizarla en todas las provincias, se reforzarán las competencias de Alta Inspección del Estado, que le corresponden constitucionalmente.

Información previa y reflexión

Se elimina el período de reflexión actual de tres días y la información obligatoria que se entregaba, que será de carácter optativo, a solicitud de la mujer que acude a abortar.

Procedimiento de urgencia

Las interrupciones voluntarias del embarazo (IVE) serán tratadas, en todo caso, como un procedimiento de urgencia.

Asistencia y acompañamiento

En los casos de aborto se facilitará asistencia y acompañamiento integral.

Baja laboral

Se contempla incorpora una baja por incapacidad temporal para aquellas mujeres que interrumpan su embarazo, voluntariamente o no, con el objetivo de que puedan recuperarse de la intervención.

Aborto de menores y personas con discapacidad

Las adolescentes con edades comprendidas entre los 16 y 18 años podrán interrumpir voluntariamente su embarazo sin necesidad de contar con el permiso paterno ni de sus tutores, al igual que las mujeres con discapacidad.

Registro de objetores de conciencia

Se regulará el derecho individual y constitucional a la objeción de conciencia del personal sanitario, al igual que en la Ley de Eutanasia, para garantizar en todo momento la presencia de profesionales para la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE), creándose un registro de objetores.

Esta medida obligará a los profesionales sanitarios a declararse objetores por escrito, previamente (y no en el momento en el que se les presenta un caso de aborto, como hasta ahora) y de manera universal (es decir, quien se declare objetor en la sanidad pública también lo será en la privada). De esta manera se pretende acabar con la negativa a practicar un aborto por motivos puntuales (como problemas de horarios u obtener un beneficio económico realizando los abortos en clínicas privadas), que nada tenían que ver con la objeción de conciencia y que se estaban dando, tal y como denunciaban algunas pacientes.

Salud menstrual

El derecho a la salud menstrual aparece recogido por primera vez en la legislación española como parte del derecho fundamental a la salud de todas las mujeres. Esto implica reconocer y actuar contra los estereotipos y prejuicios que rodean el cuidado del ciclo menstrual, a pesar de su importancia como signo vital. Para visibilizar, proteger y reforzar este derecho, la Ley de Salud Sexual y Reproductiva y de Interrupción Voluntaria del Embarazo contempla las siguientes medidas:

Incapacidad temporal – Baja menstrual 

Como parte del reconocimiento de la salud menstrual como estándar de salud, y la visibilización del impacto de la menstruación en las distintas esferas vitales, se contempla el derecho a la incapacidad temporal por cuadros médicos que se deriven de reglas incapacitantes (menstruaciones incapacitantes secundarias), vinculadas, por ejemplo, a trastornos como la endometriosis, que padecen numerosas mujeres, impidiéndoles trabajar con normalidad, tal y como revelan los datos del Ministerio de Inclusión que cifran en 6.000 las incapacidades temporales al año por dismenorreas o cuadros de tensión abdominal por la menstruación.

Tras un informe médico previo, la mujer podrá quedarse en casa unas horas de su jornada laboral o unos días, según su cuadro médico. Esta incapacidad será considerada temporal (IT), la pagará desde el primer día el INSS (es decir, la pagará íntegramente el Estado) y no requerirá periodo mínimo de cotización (al contrario que el resto de IT).

INTIMINA ha realizado la I Encuesta sobre Menstruación y Entorno Laboral para conocer cómo perciben las españolas la posibilidad de acogerse a una baja menstrual. Según este estudio, el dolor en el ciclo menstrual es una realidad que 6 de cada 10 mujeres experimentan con frecuencia, y que suele llevar asociados síntomas como dolor muscular o articular, migrañas y debilidad o fatiga. Pese a ello, únicamente el 26% ha faltado a sus puestos de trabajo cuando ha tenido dolencias menstruales. Destaca además que el 88% de aquellas mujeres que consideran estos dolores como incapacitantes y frecuentes ha acudido al trabajo sufriendo dolor durante su menstruación. Además, el estudio desvela que el 67% de las mujeres está a favor de la regulación legal de la baja menstrual, aunque un 75% considera que este derecho sería un arma de doble filo, convirtiéndose en un motivo de discriminación en el trabajo. Por su parte, más de la mitad de los hombres (51,5%) estaría a favor de su regulación y el 48% conoce a alguien que haría uso de este derecho. Sin embargo, y al igual que ocurre con las mujeres, el 55% de los hombres consideran que este recurso es un elemento potencial de discriminación.

Pobreza menstrual

Aunque el texto de la nueva reforma no incluirá el IVA superreducido del 4% para los productos de higiene femenina debido al veto del Ministerio de Hacienda, sí contempla la distribución gratuita de productos menstruales como compresas, tampones y copas menstruales a personas con menos recursos, en centros educativos, sociales y organismos públicos, con el objetivo de acabar con la pobreza menstrual.

Violencias reproductivas

La ratificación de España del Convenio del Consejo de Europa sobre prevención y lucha contra la violencia contra las mujeres y la violencia doméstica, también conocido como Convenio de Estambul o Convención de Estambul, nos compromete a dar respuesta a todas las formas de violencia contra las mujeres recogidas en él, como la esterilización, anticoncepción, aborto y embarazo forzados. Por ello, la nueva Ley de Salud Sexual y Reproductiva y de Interrupción Voluntaria del Embarazo reconoce la explotación reproductiva, el aborto y el embarazo forzados, y la esterilización y la anticoncepción forzosas (que incluye a las mujeres con discapacidad) como formas de violencia contra las mujeres.

En cuanto a la explotación reproductiva, gestación por sustitución o vientres de alquiler, la ley prohíbe la publicidad de las agencias de intermediación y prevé la realización de campañas que refuercen la ilegalidad de estas prácticas.

Embarazo y parto

Ámbito gineco-obstétrico

La nueva Ley de Salud Sexual y Reproductiva y de Interrupción Voluntaria del Embarazo pretende articular la responsabilidad del Estado frente a diferentes formas de violencia en el ámbito gineco-obstétrico. Por ello, se refuerza la obligación del personal sanitario de actuar con base en los principios del parto respetado, lo que incluye el consentimiento informado de las mujeres ante intervenciones invasivas (como los tratamientos sin analgesia o las episiotomías, que dañan el suelo pélvico) y la eliminación de separaciones innecesarias de los recién nacidos con su madres.

Como medida concreta, además de la formación profesional según los principios del parto respetado, la ley obliga a elaborar un Protocolo Común de Actuaciones (que recoja las directrices internaciones y nacionales al respecto), que sirva de referencia a las comunidades autónomas, y cuyo pilar sea el derecho de las mujeres al consentimiento informado en todos los procesos gineco-obstétricos.

Permiso preparto

La ley contempla un nuevo permiso preparto desde la semana 39 de gestación, compatible con el posterior permiso de maternidad, Así mismo, incorpora la baja preparto desde la semana 39 de gestación, que no consumirá ningún día del permiso de maternidad.

Teléfono 028 para personas LGTBI

Por otro lado, el mismo día, coincidente con el Día Internacional Contra la Homofobia, la Transfobia y la Bifobia, el Gobierno aprobó una declaración institucional en la que anunció la creación de un servicio de atención gratuita específicamente destinado a atender a las víctimas de delitos de odio o de discriminación por LGTBIfobia.

La declaración institucional señala que aunque la sociedad española ha experimentado muchos avances en las últimas décadas en lo referente al respeto a la diversidad sexual, de género y familiar (como la aprobación del matrimonio igualitario el 30 de junio de 2005, que convirtió a España en el tercer país del mundo en legalizar el matrimonio homosexual, o la elaboración de leyes protectoras de los derechos de las personas LGTBI y/o específicas de las personas trans en 14 las comunidades autónomas), aún hay un largo camino por recorrer, ya que numerosas personas siguen sufriendo discriminación y violencia por el simple hecho de ser (o ser percibidas como) lesbianas, gais, bisexuales, transexuales o intersexuales.

El Informe sobre delitos de odio, confeccionado por la Oficina Nacional de Lucha Contra los Delitos de Odio, alerta sobre el elevado índice de delitos de odio motivados por la orientación sexual y la identidad de género, reales o percibidas, de las víctimas, hasta tal grado que lo convierten en el segundo motivo más representado en las estadísticas de delitos de odio en España.

Para combatir esta lacra, el Gobierno ha anunciado la próxima creación de un servicio de atención gratuita específicamente destinado a atender a las víctimas de delitos de odio o de discriminación por LGTBIfobia, así como para informar y atender cualquier necesidad de las personas LGTBI o allegadas, que complementará la atención prestada por las comunidades autónomas y entidades sociales.

Irene Montero ha declarado que a partir del verano estará disponible el teléfono gratuito 028 para dar «soporte, acompañamiento, contención emocional y todo el apoyo especializado que las personas LGTBI puedan necesitar para la garantía de sus derechos y la lucha contra los delitos de odio».

Finalmente, la declaración institucional ha revelado que el anteproyecto de Ley para la Igualdad Real y Efectiva de las Personas Trans y para la Garantía de los Derechos de las Personas LGTBI se encuentra en su última fase.

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